Las personas con discapacidad tienen seis meses más para probar mediante estudios e historias clínicas sus impedimentos
Se solicitó a la Secretaría Nacional de Discapacidad que, “habiendo el Decreto del P.E.N. 84/26 reglamentado solo 8 de los 18 artículos previstos, dejándose de esta manera más del 50% de la Ley de Emergencia en Discapacidad Inoperativa”, se proceda a su inmediata reglamentación, “pues se prevén Nuevas Auditorías sobre Pensiones, pero ese artículo no ha sido regulado, por lo que, no existen garantías que las que se lleven a cabo más adelante, tengan características de serias, eficientes y prevean el respeto de los derechos de las personas con discapacidad-
Se indicó que el Juzgado Federal Nº 2 a cargo de la Dra. María Belén López Macé, dictó a pedido de la Defensoría del Pueblo, la Sentencia Interlocutoria que Resolvió: conceder una prórroga de la Medida Cautelar, por el plazo adicional de 6 (seis) meses, toda vez que, el próximo 27 de febrero del corriente año vence la posibilidad de que el colectivo de personas con discapacidad de nuestra provincia, tengan la oportunidad de presentar a los correos electrónicos de la Secretaría Nacional de Discapacidad a cargo de Alejandro Alberto Vilches, dependiente del Ministerio de Salud de Nación (Ex ANDIS) y/o ante cualquier Delegación u Oficina de la ANSES en nuestro Territorio, los estudios médicos, historias clínicas actualizadas, que hagan a la discapacidad que invoca cada persona, obteniéndose la alternativa de regularizar las diversas situaciones particulares, evitando así futuras suspensiones y/o bajas de estos beneficios por parte del Estado Nacional. El Fallo Judicial hace referencia a que existe en autos, una Sentencia de Primera Instancia que hizo lugar al Amparo interpuesto por la Asociación Civil “Camino Azul TEA Formosa” y la Defensoría del Pueblo y encontrándose la misma recurrida ante la Cámara de Resistencia – Chaco, amerita esta prórroga, a efectos de salvaguardar los derechos sociales protegidos, cuya interrupción en caso de no otorgarse lo peticionado, la cautela podría generar un perjuicio irreparable o de muy difícil reparación ulterior, tornándose ilusoria la decisión a la que arribe la alzada. En este punto, Gialluca recordó que nuestra Jurisdicción es la única hasta ahora a nivel nacional que obtuvo el pago retroactivo de todas las pensiones por discapacidad suspendidas arbitrariamente por la Ex ANDIS mediante Auditorías Médicas absolutamente irregulares, las cuales, en la actualidad, se encuentran reguladas por la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad Nº 27.793 y su Decreto Reglamentario 84/26. En este sentido, el Funcionario Provincial, volvió a peticionar a todas las personas con discapacidad que no hayan presentado sus antecedentes médicos, que lo hagan cuanto antes a fin de evitar inconvenientes futuros, y ofreció ante cualquier duda, concurrir por las Oficinas de la Institución o comunicarse a los correos electrónicos denuncia@formosa.gov.ar – depuefor@fibertel.com.ar y/o a los teléfonos 370 4 36379 – 436320 – 0800 444 1770. Consultado sobre la revocación de pensiones por discapacidad en la Provincia de Catamarca por una decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, calificó a la misma, como una grave decisión judicial, donde los jueces se limitaron a apoyarse exclusivamente en formalismo y nunca ingresaron a analizar los derechos y las normativas vigentes que protegen a las personas que conforman este colectivo altamente vulnerable.
