Denunciaron que las cuotas de los colegios privados aumentaron más del 169% en el 2024 frente a una inflación del 117,8%
La Asociación de Defensoras/es del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) consideró oportuno manifestar su posición frente a la desregulación de aranceles para los establecimientos educativos privados sin aportes estatales, dispuesta por el Decreto Nº 787/2025, que deroga el régimen establecido por el Decreto Nº 2417/1993 y modifica el vínculo entre el Estado Nacional y la Educación Pública de Gestión Privada. El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, en su carácter de Vicepresidente, señaló que, el nuevo esquema elimina la obligación de que estos establecimientos presenten y obtengan autorización administrativa previa para la fijación de matrículas y cuotas. Si bien se trata de un segmento acotado del sistema -estimado entre 2.000 y 4.000 escuelas según diversas fuentes-, su presencia territorial y su peso en la estructura educativa de varias jurisdicciones justifican una evaluación detallada frente a los posibles vacíos que deja la norma. La medida introduce flexibilidad para ajustar aranceles y desplaza el eje regulatorio desde un control previo hacia mecanismos de supervisión posterior. Desde una perspectiva técnica, ADPRA considera necesario contextualizar la medida en relación con cuatro dimensiones centrales. En primer lugar, el derecho a la educación en su componente de accesibilidad económica y continuidad de trayectorias, que exige resguardar que los incrementos arancelarios no operen como barreras de permanencia. En segundo término, la estructura de costos y la sostenibilidad institucional de las escuelas sin aporte estatal, para las cuales la flexibilidad puede ser un mecanismo válido siempre que existan criterios claros de fundamentación, comunicación y verificación. En tercer lugar, la relación contractual entre instituciones educativas y familias, regida por estándares de trato digno, información adecuada, razonabilidad y prohibición de cláusulas abusivas, particularmente relevante cuando se sustituye el control estatal previo por esquemas de control posterior. Finalmente, la heterogeneidad federal: la proporción de establecimientos alcanzados, los marcos regulatorios provinciales y las prácticas de supervisión varían significativamente entre jurisdicciones, por lo que la implementación requiere una lectura articulada entre niveles de gobierno. Advirtieron también que, la desregulación del mecanismo específico de autorización de aranceles no implica -ni debe interpretarse como- la ausencia de reglas. La educación privada sin aporte estatal permanece plenamente alcanzada por el marco de defensa del consumidor, las obligaciones de transparencia y la naturaleza de interés público del servicio educativo. La tutela estatal continúa vigente, aunque se reordene la modalidad de intervención. Durante 2024, las cuotas de los establecimientos sin subsidio registraron incrementos cercanos al 169% frente a una inflación del 117,8%, evidenciando tensiones entre la exigencia de fijar precios con anticipación y la variabilidad macroeconómica. En este marco, ADPRA consideró indispensable monitorear la implementación de la medida, prestando especial atención a la evolución real de los aranceles en relación con costos verificables, la frecuencia de los ajustes intranuales, la calidad de la información brindada a las familias, las diferencias entre jurisdicciones y la aparición de reclamos vinculados a incrementos desproporcionados o prácticas contractuales inadecuadas. ADPRA reafirma que la educación, aun cuando sea brindada por actores privados sin aportes estatales, es un servicio de interés público que exige reglas claras, mecanismos efectivos de transparencia y resguardo de los derechos de estudiantes y familias. Gialluca denunció que, estos dos últimos años estuvieron marcados por la desinversión y un ajuste extremo: cierre de programas como Conectar Igualdad, desaparición del FONID, cero obras de infraestructura escolar y construcción de jardines de infantes, entre otras. Estas medidas fueron justificadas trasladándole toda la responsabilidad a las provincias en vista de un supuesto “federalismo”, cuando en realidad significaron incumplimiento de leyes. Las -Becas Progresar-, reguladas por la Ley 27.726, sufrieron un recorte dramático: en el cuarto trimestre de 2024, y durante el 2025 no hubo nuevos incrementos y se redujo nuevamente el universo de becarios. El Gobierno Nacional también incumple con la Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27.795) y otras normas vigentes, mientras el poder judicial mira para otro lado. Más de 10.000 docentes universitarios dejaron sus cargos por falta de condiciones mínimas para sostener su subsistencia. Se trata de profesionales en cuya formación el Estado invirtió y que hoy se ven expulsados por decisiones políticas erráticas. El Presupuesto 2026 profundiza este rumbo: el P.E.N. propone derogar los artículos que establecen metas de inversión educativa, incluidas las obligaciones de destinar el 6% del PBI a educación y el financiamiento de la Educación Técnico Profesional (artículo 52° de la Ley 26.206). Es decir, este gobierno renuncia explícitamente a su responsabilidad constitucional. Por eso, frente al intento de dinamitar el sistema educativo público, es urgente levantar la voz y aunar compromisos. No aceptamos que la Argentina retroceda a tiempos anteriores a la Ley 1420. No se lo merecen los millones de estudiantes y docentes que día a día se esfuerzan, enseñan y aprenden en nuestras instituciones educativas, ni las familias que sostienen y acompañan ese desafío.
