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La ANDIS cumplió fallo judicial por lo que restituyó unas 15.838 pensiones por discapacidad suspendidas en la provincia de ormosa


Se advirtió a todos aquellos beneficiarios que no hayan presentado aún las historias clínicas o antecedentes médicos que acrediten su discapacidad, (aún cuando se encuentren dentro del Anexo de la ANDIS), que están obligados a realizarlo, en el plazo de 60 días (2 meses) que quedan aún, toda vez que la Justicia Federal, otorgó el mismo, a favor de todas las personas comprendidas dentro de este colectivo y dándoles la posibilidad de regularizar su situación administrativa por ante los Organismos Competentes por el plazo de 90 días hábiles, habiendo ya transcurrido 30 desde el dictado de la Medida Cautelar-

La Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, informó que la ANDIS con fecha 18 de septiembre del 2025, dictó una Resolución firmada por el actual Interventor Alejandro Alberto Vilches en uso de las facultades que le conceden los Decretos Nº 698/2017 y 601/2025, por lo cual, ordenó, se deje sin efecto las suspensiones de los beneficios de las personas identificadas en el Anexo I de la misma, reanudándose los pagos correspondientes a partir del periodo mensual en que fueran dispuestas las suspensiones. En el artículo 2º se encomendó a la Dirección de Asignación de Apoyos Económicos y Liquidación, la notificación de la presente Resolución a las personas beneficiarias de las pensiones no contributivas por invalidez laboral detalladas, afirmándose en el artículo 3º “que los gastos que demande la medida, será afectado a la partida específica del presupuesto, del ejercicio del correspondiente año, donde la Dirección de Presupuesto y Contabilidad de la ANDIS, certificó que cuenta con crédito presupuestario disponible para atender el presente gasto que origina esta medida, debiendo comunicarse a la ANSES, a los efectos de la reactivación del pago de las prestaciones”. El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, recordó que, en fecha 19 de agosto del 2025, se interpuso una Medida Cautelar mediante la cual, la Jueza Federal Nº 2, Dra. Belén López Macé, Secretaria de la Dra. María Lucrecia Gallardo, ordenó que en el plazo de 24 horas la ANDIS deje sin efecto la medida de retención y/o suspensión de las pensiones no contributivas por incapacidad laboral dispuestas en todo el territorio de la Provincia de Formosa, liberando los fondos depositados en las entidades bancarias que se encuentran retenidos en las cuentas de los beneficiarios. Con posterioridad, la ANDIS apela esta Sentencia Interlocutoria por ante la Cámara Federal de Resistencia, la cual, confirma lo dispuesto por la Jueza Federal de Formosa. Ante el incumplimiento grosero e injustificado de la medida, desde el Organismo de la Constitución, se pidieron sanciones económicas a la ANDIS, por lo cual, se fijó una multa diaria de $100.000 en concepto de astreintes, hasta tanto se acredite el fiel y total cumplimiento de la manda judicial, “a lo que se sumó una Denuncia Penal al actual Interventor de la ANDIS, Alejandro Alberto Vilches, ante la comisión del hecho previsto y reprimido por el art. 239 del CPA, frente a la resistencia o desobediencia en cumplir con la orden judicial que se encontraba firme y debidamente notificada”. El Funcionario Provincial, dio a conocer que, en el Anexo de 661 páginas, presentado por la ANDIS a la Justicia Federal, se encuentran los datos de las personas a quienes se les reanudará los pagos con carácter retroactivo al momento en que se dejaron de efectuar los depósitos. Esta información, se encuentra publicada en la página web de la Defensoría del Pueblo: https://defensoriaformosa.gob.ar/wp-content/uploads/2025/09/IF-2025-103713670-APN-DAAEYLAND.pdf y ha sido además remitida a la Dirección de Discapacidad del Ministerio de la Comunidad a cargo de Gloria Giménez, como así también, al Titular del Instituto de Pensiones Sociales (IPS) de Formosa, Hugo Arrúa, al Instituto de Comunidades Aborígenes (ICA) que preside, Esteban Ramírez, a la Asociación Camino Azul TEA Formosa, Municipios y Comisiones de Fomento, entre otros. El mismo aclaró que, para los casos en que la ANDIS haya suspendido o dado de baja el beneficio, y que los mismos no se encuentren incluidos en el Anexo presentado al Juzgado Federal Nº 2, solicitamos se acerquen a algunos de los sitios antes mencionados o a la Defensoría del Pueblo, pudiendo también remitir los datos personales (nombre y apellido, más DNI sin puntos, ejemplo 12383200) necesarios, a los correos electrónicos denuncia@formosa.gov.ar – depuefor@fibertel.com.ar y/o al Whatsapp 370 4 365924, donde se les informará sobre la situación en que se encuentran. Se advirtió también, que en varios casos hemos detectado la exclusión de personas con discapacidad, por estar cobrando otras asistencias o encontrarse relacionados con un beneficiario, entre otras causales. Gialluca señaló que, la ANDIS solicitó se dejen sin efecto las multas o sanciones económicas impuestas, “al considerar que las mismas constituyen no una condena, sino una amenaza”, por lo que, los Asesores Letrados del Organismo de la Constitución, “previo a cualquier decisión al respecto, exigiremos que la ANDIS, pruebe documentadamente que ha pagado a través de la ANSES, los beneficios suspendidos, a todas las personas que poseen una pensión no contributiva por incapacidad laboral en nuestra Provincia”. Añadió que, continuaremos impulsando la causa judicial, como así también, la denuncia penal, hasta tanto tengamos la absoluta certeza de que el Gobierno Nacional, ha cumplido con lo ordenado por el Juzgado Federal Nº 2, en atención a la resistencia abusiva y arbitraria de la ANDIS a cumplir las órdenes judiciales en la presente causa.