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Los jubilados y pensionados de la CPS pueden presentar su fe de vida durante todo el año


El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, mantuvo el día de ayer una serie de contactos con el actual Administrador General de la Caja de Previsión Social (CPS) Lic. Rolando Javier Ramírez, como consecuencia de noticias falsas que provocaron la movilización de centenares de adultos mayores, jubilados y pensionados hacia las oficinas de la CPS, “toda vez que erróneamente se afirma en las redes sociales, que los mismos deben presentarse de manera presencial para presentar su Fe de Vida, pues, si no lo hacen antes del 15 de marzo, se les suspenden sus beneficios”. Nada de esto es verdad, señaló el Titular de la CPS Rolando Javier Ramirez, quien, además, sugirió que tampoco es necesario que los beneficiarios busquen sus recibos de haberes para obtener “el Número de Beneficio que debe ser trascripto en la Declaración Jurada correspondiente, pues el mismo surge de cualquier recibo anterior o del carnet de jubilado, con lo cual, los adultos mayores evitan traslados innecesarios, que les implican gastos y esperas burocráticas”. El mismo añadió que, debe existir absoluta tranquilidad para todos aquellos que residen en el interior provincial, pues, a los mismos se los va a ir atendiendo como se viene haciendo desde principio de año, con personal propio de la Caja de Previsión que se traslada hacia los diversos pueblos, como ciudades y comunidades, brindando, además, la posibilidad a quienes residen en otra provincia que utilicen el correo electrónico cps.administrador@formosa.gob.ar, para enviar las declaraciones juradas en estos casos sí con firma certificada, ya sea por Juez de Paz o alguna Autoridad de una Fuerza Nacional como podría ser la Gendarmería entre otras. De esta forma, se confirmó desde la Defensoría del Pueblo que las declaraciones juradas que certifican la fe de vida, pueden presentarse durante todo el año, de manera tal que, a la fecha no existe ningún Instrumento o Disposición de la Caja de Previsión Social que haya modificado esta situación.

Los CUD no tendrán fecha de vencimiento: a partir de la Resolución Nº 322/2023 suscripta por el Director Ejecutivo de ANDIS Fernando Gastón Galarraga, publicada en el Boletín Oficial el lunes 6 de marzo, los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) ya no tendrán plazo de vencimiento. En su artículo 1° se dispone que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan. No obstante, se aclaró que el Estado tomará contacto con la persona con discapacidad para acompañarla y mantener sus datos actualizados, punto clave para asegurar el acceso a derechos, prestaciones y servicios derivados de la certificación, como así también para mantener los registros actualizados que sirven para diseñar y ejecutar eficientemente políticas públicas para las personas con discapacidad. Las instancias de acompañamiento y actualización se efectivizarán con una periodicidad entre los 5 y 15 años, en todos los casos, contados desde la certificación inicial o de la instancia de actualización correspondiente, mediante un contacto y acercamiento fehaciente por parte del Estado, a través de los canales y vías de comunicación existentes y de los que se implementen en el marco de la innovación tecnológica planificada a tal efecto. El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, señaló que, con anterioridad, una persona que accedía a un CUD debía revalidarlo en el plazo especificado en el mismo, inclusive en casos de discapacidad permanente. La fecha de vencimiento era establecida por la Junta Médica Interdisciplinaria, que no se extendía por más de 10 años en el caso de personas adultas. Institucionalmente, acompañamos esta medida, pues la misma evita un proceso burocrático que muchas veces genera situaciones engorrosas. No obstante, lo cual, existen ciertas críticas a esta medida, pues se expresa que, así como se favorece a todas las madres y padres que poseen hijos con discapacidad y donde los diagnósticos son permanentes y no se modifican, la misma implica evitar las juntas médicas y no exponer a ninguna persona a diversas situaciones psicológicas y de ánimo no deseas. Pero al mismo tiempo, señalan que existen casos por ejemplo, de alguien que tuvo un accidente que le puede causar una discapacidad temporaria, ya sea motora o de otra índole, y eso sí precisa una validación. Otro tema que fue abordado por el Funcionario Provincial es el relativo a los CUD digital, al que se accede a través de la aplicación Mi Argentina, que tiene la misma validez que el certificado impreso que extienden los organismos correspondientes. El CUD viene a ser para estos colectivos como un acompañante del DNI. Está el certificado digital y hoy por hoy no es necesario presentar el papel. Si a uno se lo exigen impreso, lo puede imprimir desde la aplicación.