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Indignación de ADUFOR por maniobras del rector


Con profundo malestar e indignación, esta agremiación advierte una burda maniobra orquestada por el Sr. rector, en connivencia con algunos siniestros adláteres como el Sr. Emilio Grippaldi, con la intencionalidad de sesionar ilegalmente, dejando de lado a determinado número de consiliarios, y convocando a los suplentes, argumentando para ello la estricta aplicación del artículo 11 del Reglamento Interno del Honorable Consejo Superior, lo cual es erróneo, ilegal y arbitrario.

Ahora bien, cuáles serían los descabellados argumentos por los cuales se intenta alocada acción, a saber:

1- El Rector manifiesta que en sesión de fecha 13 de agosto del 2021 se habría “otorgado” a los Sres. Consiliarios Olga Comello,  Miguela Unsain,  Liliana Copponi, Héctor Ricardo Tarchini, Joel Arce y José María Ramírez un plazo de 72 horas para “presentar documentación” referida a eventuales “revalidas” de sus concursos docentes y respecto a las denuncias formuladas por el propio Grippaldi, quien ostenta cargo de profesor y asesor jurídico de la universidad, y sustanciadas en expedientes administrativos N.º 044-P-21, N.º 059-G-21, N.º 060-G-21, N.º 062-G-21, N.º 063-G-21, N.º 064-G-21. 

Actuaciones que ni siquiera han sido remitidas a la Comisión de Disciplina y Reglamento del Consejo Superior para su posterior estudio y tratamiento en atención a que se estaría cuestionando la calidad de los mentados docentes para ocupar los cargos de consiliarios, quienes, según el alienado denunciante, no revisten el carácter de docentes ordinarios. Además, se está violando el Acuerdo Paritario de Nivel Nacional, donde como mínimo se viola el artículo 11. Paritaria firmada con CONADU, el Ministerio de Educación de la Nación y el Consejo Interuniversitario Nacional.   

El Sr. rector, continuando con su persecución ideológica y laboral, considera falazmente que estando “debidamente notificados” los docentes en cuestión no han cumplido con los supuestos requerimientos formulados, no acreditando en consecuencia su condición de docentes ordinarios, en una suerte de inversión de la carga de la prueba.

2- Ahora bien, resulta de particular importancia observar que, según dichos del rector, como fundamento de su resolución, los supuestos requerimientos habrían sido realizados en la sesión del día 13/08/21, lo que además de resultar falso, ni siquiera señala quien, y en qué carácter se efectuaron, por cuanto tampoco está consignado en el acta de la sesión.

Dicho esto, aparece como más grave aún que dichos requerimientos irregulares fueron confeccionados por el Sr. Secretario General Académico, quien no solo carece de facultades para ello, sino que lo realiza a través de notas ingresadas en mesa de entradas del Rectorado, en fecha 17 de agosto de 2021 -cuatro (4) días después del presunto pedido a los profesores-, para que las mismas sean notificadas a los docentes a los cuales SE PRETENDE EXCLUIR ILEGAL Y ARBITRARIAMENTE DE LA SESIÓN CONVOCADA DE “URGENCIA”. 

De hecho, fue de tal magnitud la arbitrariedad que ni siquiera fueron convocados por el rector a pesar de que los mismos ya tomaran conocimiento espontáneamente de la sesión extraordinaria, estando legal y perfectamente legitimados para ejercer sus derechos políticos como consiliarios hasta tanto, de corresponder, fueran apartados de sus cargos, previo dictamen de la Comisión de Disciplina y Reglamento, de acreditarse alguna irregularidad.

3. Causa mucha indignación y vergüenza, además, que los docentes hoy cuestionados, de larga e incuestionable trayectoria en nuestra Universidad, no hubieren sido objetados en fechas y sesiones anteriores, por ejemplo, cuando se intentó modificar el Reglamento Electoral, donde los mismos participaran y ahí si parecían reunir las condiciones que hoy pone en duda el rector, junto a sus inefables seguidores, no generándose un estado de gravedad institucional como señala falazmente.

4. El otro punto que causa tamaña extrañeza es el argumento del llamado a una sesión extraordinaria de “urgencia” y que tiene que ver con resoluciones dictadas por la Justicia Federal respecto a la modificación de las fechas de los comicios, por parte de la Junta Electoral, los cuales no justifican dicho llamado.

5. Menos aún justifica una sesión de urgencia para tratar el expediente Nº 004-21-P sobre “Control y rendición del Programa para la inclusión, permanencia y bienestar estudiantil de la UNAF – Becas estudiantiles”, o el N.º 0124-P-20 “Cuenta de Inversión ejercicio 2019”, entre otros. Algo pasa, “ALGO HUELE A PODRIDO, Y NO PRECISAMENTE EN LA DINAMARCA DE HAMLET”, sino en la UNaF.

 En síntesis, el Sr. rector intenta una vez más, vulnerar la ley y con espurios argumentos, sesionar con la presencia de consiliarios suplentes, para el tratamiento de cuestiones que nada tienen que ver con la proclamada “urgencia” de la convocatoria, violando las normas y los derechos políticos de los docentes falazmente denunciados. 

Santiago Benítez Femenia; Horacio Gorostegui y Juan Carlos Nicolás

COMISION DIRECTIVA ADUFOR