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Cinco personas ingresaron a Formosa en forma irregular desde el Chaco y se activó el protocolo sanitario

 


Los ingresos irregulares desde el Chaco se realizaron a través del Río Bermejo por la localidad de Villa Escolar, motivando que se active el Protocolo Sanitario.

En el marco de la emergencia sanitaria que atraviesa la provincia, el Estado dispuso a través de políticas públicas distintas medidas sanitarias que se articulan con distintos estamentos, sumándose la Policía de Formosa para ejercer el control en los accesos a la provincia, rutas nacionales, provinciales, picadas, senderos, a la vera de los ríos Bermejo, Pilcomayo y Paraguay, en la ciudad, el interior, cubriéndose con recorridas en móviles, motocicletas, en embarcación, a pie con el único objetivo de evitar el ingreso por pasos irregulares o ilegales para mantener el status de la comunidad formoseña.  

En este sentido, el miércoles a las 21 horas, durante estas recorridas preventivas realizadas en el barrio Arroyito de la localidad de Villa Escolar, observaron la presencia de cuatro personas –dos hombres y dos mujeres- que por sus características llamaron la atención de los uniformados. Al ser identificados se estableció, conforme según sus manifestaciones, que los cuatro habían ingresado desde el Chaco nadando a través del Río Bermejo. 

Una situación similar se produjo en un campo ubicado sobre la Ruta Provincial N° 9, donde se detectó el ingreso irregular de un hombre, quien refirió que también ingresó a través del río Bermejo a nuestra provincia.  

Ante esa situación, se activó el Protocolo Sanitario previsto para estos casos, trasladando a las cinco personas hasta el Puesto de Control de Lucio Mansilla, donde fueron examinados por el médico.

Por otra parte, se inició una causa judicial por el delito contemplado en el “Artículo 205° del Código Penal Argentino”, sustanciado con intervención de la justicia, notificándose a los cuatro que se encuentran imputados, para luego ser trasladados a la UPAC para realizarles el correspondiente hisopado; desde allí  fueron trasladados un centro de aislamiento preventivo y obligatorio. 

El artículo 205 en su parte pertinente expresa: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”, que se encuentra entre los delitos contra la seguridad pública.