Rige el receso administrativo en la Administración Pública Provincial
Desde este jueves 26 de diciembre y hasta el 31 de enero del año 2020 inclusive operará el receso administrativo en la Administración Pública Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto N° 28 del Poder Ejecutivo Provincial (PEP).
El mismo es rubricado por el gobernador de la provincia, el doctor Gildo Insfrán, y refrendado por el jefe de Gabinete, el doctor Antonio Ferreira.
En este lapso y con carácter de excepcional fue establecido el horario de labor de la Administración Pública, que será de 8 a 12 horas.
A través de este instrumento legal, se dispuso que en este período, el personal deberá usufructuar su licencia anual reglamentaria, con excepción de los organismos afectados a servicios públicos esenciales, que son: Ministerios de Desarrollo Humano, Turismo y la Comunidad, Servicio Provincial de Agua Potable, Subsecretaría de Comunicación Social, entes recaudadores y las Direcciones de Parque Infantil, Vialidad Provincial, Informática y Teleprocesamiento, Registro Civil y Capacidad de las Personas, Defensa Civil, Catastro Territorial, Registro de la Propiedad Inmueble, Subsecretaría de Comercio e Inversiones, Subsecretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría General, Tesorería General, Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Escribanía Mayor de Gobierno y Departamento Intendencia de Casa de Gobierno, quienes dispondrán las medidas necesarias para la efectiva aplicación de este Decreto.
El mismo es rubricado por el gobernador de la provincia, el doctor Gildo Insfrán, y refrendado por el jefe de Gabinete, el doctor Antonio Ferreira.
En este lapso y con carácter de excepcional fue establecido el horario de labor de la Administración Pública, que será de 8 a 12 horas.
A través de este instrumento legal, se dispuso que en este período, el personal deberá usufructuar su licencia anual reglamentaria, con excepción de los organismos afectados a servicios públicos esenciales, que son: Ministerios de Desarrollo Humano, Turismo y la Comunidad, Servicio Provincial de Agua Potable, Subsecretaría de Comunicación Social, entes recaudadores y las Direcciones de Parque Infantil, Vialidad Provincial, Informática y Teleprocesamiento, Registro Civil y Capacidad de las Personas, Defensa Civil, Catastro Territorial, Registro de la Propiedad Inmueble, Subsecretaría de Comercio e Inversiones, Subsecretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría General, Tesorería General, Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Escribanía Mayor de Gobierno y Departamento Intendencia de Casa de Gobierno, quienes dispondrán las medidas necesarias para la efectiva aplicación de este Decreto.