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Informe de Bromatología municipal sobre productos pirotécnicos permitidos para la venta

La Municipalidad de la Ciudad, a través de su Dirección de Bromatología, informa a comerciantes y emprendedores que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza 7386, que regula el tipo de artículos pirotécnicos permitidos para su comercialización, el área comunal procederá al decomiso y destrucción de todo el material que no cumpla esta normativa.

En su artículo 2º, la norma municipal establece que “No se permitirá en el ámbito del radio municipal de la ciudad de Formosa la comercialización, distribución y uso público o privado de artículos de pirotecnia sonora que excedan los 65 decibeles…”

Los productos permitidos son: cañitas voladoras, chasqui bum, estrellas, juegos de luces sin sonido y todo artículo lumínico que al ser usado emita un sonido menor a 65 decibeles a 20 metros de distancia de donde fue encendido.

El director de Bromatología Municipal, Dr. Jorge Tarantini, explicó: “tenemos expresas instrucciones del intendente Jorge Jofré de proteger a las personas con autismo y a los animales domésticos y estamos inspeccionando, notificando y avisando a quienes quieran comercializar este tipo de artículos que si el producto no cumple con la norma será decomisado”.

Por último, el funcionario aclaró que los globos aerostáticos también están prohibidos, al tiempo que instó a los vecinos a denunciar al Centro de Atención al Vecino (0800-9999-147) los lugares de ventas que no cumplan con las normativas vigentes, para que los mismos sean inspeccionados, se decomise la pirotecnia no permitida y se establecezcan las sanciones correspondientes.