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15 años de prisión para quien mató a puñaladas al empresario coloradense Dardo Rafael Cwalina

El homicidio ocurrió hace cinco años en El Colorado. Después de matar a Cwalina, el joven llamó a su amigo y juntos quemaron y desmembraron el cuerpo de la víctima, para finalmente enterrar los restos en un pozo. Este último fue condenado a 6 años de cárcel por haber actuado como encubridor del crimen.

La Cámara Primera en lo Criminal de Formosa condenó a 15 años de prisión a Enzo Andrés Ojeda por haber ultimado a puñaladas al empresario gastronómico Dardo Rafael Cwalina, en tanto su amigo Federico Matías Martínez Liva fue sentenciado a 6 años de cárcel tras comprobarse que actuó como encubridor del crimen.

En la misma sentencia resultó absuelta de culpa y cargo María Magdalena Méndez, pareja de Martínez Liva, al determinarse que la mujer no tuvo ninguna participación en el crimen ni actuó como cómplice ni encubridora.

El homicidio ocurrió en la madrugada del 13 de diciembre de 2014 en El Colorado. El caso es aún hoy muy recordado por los pobladores de esa localidad porque la víctima era una persona muy conocida en el lugar y por la saña con que actuaron los dos condenados tras el deceso de la víctima.

Ambos confesaron en la Justicia su participación en el hecho; Ojeda como autor material y su amigo Martínez Liva como encubridor, pero además las numerosas pruebas obtenidas por la Policía durante la investigación y abonadas luego por la Justicia establecieron claramente cuál fue el rol que le cupo a cada uno de los imputados en el crimen.

El caso

La madrugada del 13 de diciembre de hace 5 años, Ojeda y la víctima se encontraron cerca de la ruta provincial 1, a unos 150 metros del Motel “El Manantial” de la ciudad de El Colorado, ya que así lo habían convenido telefónicamente. La víctima llegó a bordo de su automóvil Ford Focus y por causas que nunca fueron reveladas, Ojeda le asestó una puñalada en el cuello provocándole un profundo corte, tras lo cual falleció casi en el acto.

Consumado el crimen, abandonó el lugar y fue a buscar a su amigo Martínez Liva, que estaba en la casa de su pareja, y juntos fueron a bordo de una moto de 110 cilindradas hasta el lugar donde estaba el cuerpo ya sin vida del empresario gastronómico. Allí decidieron quemar sus restos y el automóvil, como así también ocultar sus pertenencias. Fueron hasta una estación de servicios, compraron combustible que cargaron en un bidón de cinco litros y regresaron al lugar de los hechos, donde incineraron y desmembraron el cuerpo de Cwalina, para finalmente enterrar los restos en un pozo.

El aberrante derrotero siguió con el automóvil de la víctima. Martínez Liva condujo el rodado hasta un callejón vecinal conocido como “Resanovich” y allí lo dejaron abandonado. Después regresaron a la casa donde había estado durmiendo aquél, donde lavaron sus ropas y tiraron en un pozo ciego las pertenencias que habían hurtado a la víctima: la billetera, dos cadenas de plata y oro, una pulsera, cuatro anillos, una cadena con dije en forma de búho, un teléfono celular y sus prendas de vestir.

Una rápida y exhaustiva investigación permitió determinar rápidamente la participación de Ojeda en el hecho, quien fue detenido a las pocas horas. Numerosas pruebas que están minuciosamente detalladas en la sentencia judicial permitieron esclarecer el caso con posterioridad, y los tres implicados fueron llevados a juicio oral y público tras un largo proceso en el que tanto Ojeda como Martínez Liva confesaron haber consumado el crimen, el primero como autor material y el segundo como encubridor, en tanto se descartó la participación de la mujer en cualquiera de sus formas.

El fallo

La sentencia, que tiene el voto de la jueza Lilian Fernández, al que adhirieron sus pares, Ramón Sala y Viviana Taboada, destaca que de todo el plexo probatorio se tiene por probado con certeza que Enzo fue el responsable único y exclusivo de haber dado muerte a Dardo Cwalina, ocasionándole una herida mortal con un elemento punzo cortante, para luego, ya con la participación de Martínez Liva, a quemar el cuerpo de la víctima y desmembrarlo con claros fines de ocultamiento, para lo cual intentaron esconder sus restos en un paraje lejano debajo de tierra y ramas.

Señala la jueza Fernández que en la audiencia pública del debate Ojeda y Martínez Liva reconocieron su responsabilidad, y si bien la presunción de inocencia que los ampara impone que sólo pueda darse por probado el extremo acusatorio si resulta respaldado por las constancias producidas en el debate, de modo tal que no deje espacio para la razonabilidad de otros cursos causales.

Con relación a María Magdalena Méndez, la sentencia aclara que el hecho de que el domicilio allanado en cuyo pozo ciego se encontraron ocultos los bienes de la víctima fuera el habitado por la mujer, no implica que ella tuviera el dominio exclusivo sobre el mismo, máxime cuando quedó probado que toda la maniobra delictiva fue realizada por Ojeda y Martínez Liva amparados en la oscuridad de la noche, “por lo que lógico sería concluir que resulta posible que Méndez durmiera mientras que su pareja y el amigo de éste retornaron a la vivienda, colocaran los objetos y prendas en vestir en el pozo ciego y luego pusieron sus ropas sucias a lavar, sin que de ello supiera o participara la imputada”, sostiene la jueza Fernández.

Descartadas las agravantes, el Tribunal consideró adecuado calificar la conducta atribuida a Ojeda como homicidio simple, en concurso real con hurto, y la de Martínez Liva como encubrimiento agravado, ya que quedó demostrado que concurrió a la escena del crimen con la clara intención de ayudar a Ojeda a desaparecer los rastros, pruebas e instrumentos del homicidio que éste había cometido.