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Nuevo ataque del Gobierno Nacional a la Economía Social

La Subsecretaria de Economía Social, Organismo dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas de la provincia de Formosa en sus facultades de promoción, contralor y asesoramiento a las cooperativas y mutuales;  considera oportuno dirigirse al Sector  y a la ciudadanía en general  para aclarar la información difundida recientemente en  algunos grandes multimedios nacionales donde ciertos comunicadores que  movidos por intereses inconfesables y  ajenos  a  su verdadera labor de informar  estarían  difundiendo  noticias u opiniones carentes de fundamento en defensa de las  pretensiones del Gobierno Nacional de eliminar la exención en el impuesto a las ganancias  a estas entidades en el Presupuesto 2019,  una medida claramente neoliberal, confiscatoria y de brutal desconsideración  al sector más vulnerable de la economía.
La razón de ser de esta información se origina a fines del año 2017, cuando el oficialismo presentó a la Cámara de Diputados un proyecto de Ley de Reforma Tributaria, donde en uno de sus puntos se pretendía Gravar El impuesto a las Ganancias sobre las actividades de créditos, financieras, de seguros y reaseguros de las cooperativas y mutuales. Ante esta  posibilidad se generó una gran movida en todo el sector y desde la provincia nuestros legisladores se mostraron en contra de dicho proyecto. Finalmente no prosperó la modificación pretendida hasta este momento donde el Gobierno Nacional pretende cerrar el Presupuesto 2019 y con ello ajustarse a las condiciones pactadas por Fondo Monetario Internacional (FMI), consecuentemente surge la posibilidad de eliminar la exención en el impuesto a las ganancias de las cooperativas y mutuales.
Ante esta circunstancia cabe aclarar que Las COOPERATIVAS Y MUTUALES no deben ser gravadas con el impuesto a las Ganancias, ya que sus actividades no tienen el propósito de lucro  y si no existe ganancia, no puede existir la imposición. Dado que por su naturaleza las cooperativas cuando operan con sus asociados lo hacen “al costo”, es decir no persiguen fines de lucro  y la normativa que las regula manda retornar a sus asociados los excedentes de los servicios utilizados  y respecto de las operaciones que eventualmente realicen con terceros o no asociados deben imputarse a una reserva no repartible.  Es decir que es un error garrafal  considerar el “retorno” o “excedente cooperativo” como una especie de utilidad cuando se trata más bien de una devolución a los asociados por  los precios cobrados  de más por los servicios utilizados durante el ejercicio económico. A su vez, en las mutuales directamente no existe la posibilidad de  devolución o capitalización en la cuenta del asociado  de los excedentes a favor que pudieren generarse sino que la normativa legal ordena una  capitalización total destinada al fondo común de la mutual. Siendo estas entidades solidarias que prestan servicios de salud, actividades culturales y recreativas, capacitación, turismo, deportes entre otros  en lugares donde la mano privada no llega y también lo hacen cobrando un precio “al costo”.
Los actos cooperativos y mutuales se diferencian totalmente de los actos de comercio en merito a lo afirmado anteriormente, son actos orientados a sus asociados en calidad de usuarios y nadie puede lucrar consigo mismo, no tienen el propósito de generar ganancias para el capital.
Es probable, sin embargo, que algunas personas inescrupulosas, utilicen el paraguas de las cooperativas o mutuales para aumentar su propio capital, incumpliendo con las leyes y principios que estas entidades tienen. En presencia de esta situación es obligación del Estado ejercer plenamente el poder de policía que posee, para imposibilitar que este tipo de personas operen bajo la figura de empresas sociales, haciendo abuso de las exenciones que las mismas poseen por su naturaleza;  a través de organismos como la AFIP, UIF, INAES y La Secretaria de Trabajo.
Además, podemos agregar que ningún asociado a mutuales o cooperativas puede disponer de algún bien de estas empresas para comercializarlo. Debe preservarlo para que cumpla sus fines exclusivamente. Cuando los bienes no cumplen más con el fin social para lo que han sido adquiridos pasan al estado, premisa fundamental para el otorgamiento de las exenciones, en especial del Impuesto a las Ganancias.
Realizamos este informe en defensa de la verdad, para que las auténticas cooperativas y mutuales continúen operando, manteniendo su esencia, en el marco de la economía social y solidaria. Porque  la política de gobierno provincial  parte de la base que  la consolidación y defensa de la economía social es la base material de la justicia social y  en plena  coincidencia con  la  doctrina justicialista que expresa, la realización de la economía social, es poner al capital al servicio de la economía y la economía al servicio del bienestar general y los números lo demuestran ya que Formosa mantiene hace 16 años consecutivos equilibrio fiscal  producto de la administración ordenada y de la prioridad que el gobierno provincial les da a los servicios sociales donde solamente en la ejecución del último presupuesto destino en promedio el 58% a estos servicios  y tan solo el 4% a los servicios de la deuda (capital mas interés). Medidas  que impactan directamente en la mejora de la calidad de vida de todos los formoseños.