Habrá importantes modificaciones al régimen de coberturas en el ramo Automotores
El presidente de la Asociación de Productores Asesores de Seguros de Formosa, informo que la Superintendencia de Seguros de la Nación promulgó, recientemente Resolución 39.927 que introdujo importantes modificaciones al régimen de coberturas en el ramo Automotores.
Tal es asi que recordó que desde FAPASA se han formulado apreciaciones preliminares acerca de la nueva normativa y dejo claro que en primer término y en lo que hace al interés de las aseguradoras patrimoniales “debemos destacar que se establecieron nuevos límites máximos y uniformes para la Cobertura de Responsabilidad Civil del Seguro Voluntario a partir del 1 de Setiembre del corriente año”.
Asi Saporiti indico’ que se establece en $ 6 millones para los automóviles particulares, a $ 18 millones para taxis, remises, maquinaria rural, camiones acoplados, servicios de urgencia (ambulancias), fuerza de seguridad (policía, bomberos, etc.), vehículos para transporte de pasajeros M1, o sea aquellos de menos de 8 asientos y $30 millones para vehículos de transporte de pasajeros de las categorías M2 y M3, o sea de ese tipo de vehículos con más de 8 asientos, excluido el del conductor con hasta 3 mil o con más de 5 mil kilogramos de peso, respectivamente. También explico, que las entidades que posean capacidad financiera podrán solicitar autorización para ofrecer coberturas de mayor importe.
En cuanto a la cobertura de Responsabilidad Civil de taxis y remises, se eleva la franquicia obligatoria de $5 mil a $ 10 mil, pero dicha franquicia no podrá ser oponible a los terceros. Deberá hacerse cargo de su pago la aseguradora del responsable y luego recuperarla de su asegurado.
Asimismo se elimina la posibilidad de otorgar coberturas de Responsabilidad con Sub límites.
En otro orden, la suma de Responsabilidad Civil de contratación obligatoria se eleva también a partir del 1 de Setiembre a $ 400 mil por persona con un máximo de $ 800 mil por acontecimiento, llevando los Gastos Sanatoriales a $ 30 mil y los de sepelio a $16 mil.
A partir de esa fecha tampoco podrá ofrecerse la cláusula de Destrucción Total vinculada al valor del 20% de los restos.
Se podrán ofrecer coberturas en moneda extranjera con dos modalidades, una de ellas con pago de siniestros en la moneda del contrato y otra al tipo de cambio vigente al momento del pago.
La Resolución bajo análisis modifica también las sumas y franquicias para el Transporte Público de Pasajeros.
Teniendo en cuenta las disposiciones actualizadas deberá revisarse el diseño de las tarifas, la política de suscripción, revisar el contenido de las pólizas y las respectivas cláusulas, finalizo Saporiti.
En cuanto a la cobertura de Responsabilidad Civil de taxis y remises, se eleva la franquicia obligatoria de $5 mil a $ 10 mil, pero dicha franquicia no podrá ser oponible a los terceros. Deberá hacerse cargo de su pago la aseguradora del responsable y luego recuperarla de su asegurado.
Asimismo se elimina la posibilidad de otorgar coberturas de Responsabilidad con Sub límites.
En otro orden, la suma de Responsabilidad Civil de contratación obligatoria se eleva también a partir del 1 de Setiembre a $ 400 mil por persona con un máximo de $ 800 mil por acontecimiento, llevando los Gastos Sanatoriales a $ 30 mil y los de sepelio a $16 mil.
A partir de esa fecha tampoco podrá ofrecerse la cláusula de Destrucción Total vinculada al valor del 20% de los restos.
Se podrán ofrecer coberturas en moneda extranjera con dos modalidades, una de ellas con pago de siniestros en la moneda del contrato y otra al tipo de cambio vigente al momento del pago.
La Resolución bajo análisis modifica también las sumas y franquicias para el Transporte Público de Pasajeros.
Teniendo en cuenta las disposiciones actualizadas deberá revisarse el diseño de las tarifas, la política de suscripción, revisar el contenido de las pólizas y las respectivas cláusulas, finalizo Saporiti.