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Formosa perdería unos $3292 millones si prospera reclamo por Fondo del Conurbano

En su presentación ante la Corte Suprema de Justicia en rechazo a la demanda de la gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal, que reclama para Buenos Aires recursos del Fondo del Conurbano, la provincia expone que se pretende “modificar el orden constitucional”. Y para dimensionar aun mas “la gravedad” que acarrearía un fallo adverso, el estado provincial cuantifica que “dejará de percibir recursos del orden de los 3292 millones de pesos”.

La provincia de Formosa, representada legalmente por la Fiscalía de Estado, presentó días atrás su contestación de demanda ante el máximo órgano judicial nacional, fijando una enfática posición en torno a que las normas que han creado el Fondo de Conurbano “no pueden ser atacadas de inconstitucionales ni por la provincia de Buenos Aires ni por el Estado Nacional dado el rango constitucional” de las mismas y por haber sido consensuadas por todas las jurisdicciones en el año 1999.

Aquí se subraya que “en este proceso se pretende abrir un debate sobre la validez de las normas constitucionales”, y que “las normas que la provincia de Buenos Aires ataca con la anuencia y ayuda del Estado Nacional, tienen rango constitucional y forman parte integrante de la Constitución Nacional en virtud de su art. 75 inc. 2 por lo que no pueden modificarse si no es por voluntad conjunta de los estados que le dieron nacimiento”.

Quieren modificar el orden constitucional

Un aspecto saliente del planteo se expone en uno de los párrafos donde se de manera taxativa se subraya que “la provincia de Formosa, no es en esta materia meramente una causa judicial, es un Estado soberano que integra la federación [Nación Argentina] y se pretende con esta acción ante la Corte modificar el orden constitucional para adaptarlo a los intereses de otro de los Estados de la Federación”.

Advierte que “una sentencia que quiera “remediar” la pretendida injusticia de la que se queja la provincia de Buenos Aires, no haría otra cosa que provocar un verdadero desastre en la financiación de toda la Federación”.

Asimismo fue ratificado el diagnostico en cuanto a que “la cuestión que se debate acá no es meramente jurídica, ni de control de constitucionalidad, es una cuestión política de mayor magnitud que va más allá porque define al Estado Federal hace a la conformación del sistema federal instituido por el art. 1 de la Constitución Nacional y a la estructura financiera para su sostenimiento y no puede su solución brindarse por una sentencia”.

Para la provincia “cualquiera de las posturas que se adopten para declarar procedente la pretensión principal de la provincia de Buenos Aires o la que pidió en subsidio o el planteo del Estado Nacional ocasiona un perjuicio irreparable para la República, para todas las provincias, porque se detraerían fondos de la masa coparticipable; en realidad estamos debatiendo la distribución de la masa coparticipable”.

Incluso considera que “es abiertamente improcedente la acción de inconstitucionalidad de la provincia de Buenos Aires porque el compromiso federal de 1999 implica manifestaciones del federalismo de concertación – configura derecho intrafederal y cuando es ratificado por las legislaturas provinciales se incorpora al derecho público interno de cada Estado- por eso no puede ser derogado unilateralmente por cualquiera de las partes. Son la máxima expresión del federalismo de concertación!”

Incluso se expone que “para lograr esto se requiere un nuevo acuerdo entre todos los Estados –partes- No son leyes como el resto de las leyes y eso es la consecuencia que el sistema de coparticipación federal tiene rango constitucional, forma parte de la Constitución”.

Concluyente se afirma que “una declaración de inconstitucionalidad sería en verdad una nueva norma constitucional, una reescritura y eso solo lo pueden hacer los Estados que forman la Federación”.

“No es verdad que se perjudique a Bs. As.”

También se expone que “no es verdad que la provincia de Buenos Aires se vea perjudicada, pues si bien el transcurso del tiempo y la desvalorización monetaria redujo la importancia del fondo asignado, se le generaron paralelamente otros mecanismos compensatorios”.

En esa línea se explica que “las transferencias no automáticas del Estado Nacional a la provincia de Buenos Aires han aumentado recientemente de manera significativa, por medio de subsidio a la energía, transporte y el agua, el Estado Nacional transfiere recursos aportados por todas las jurisdicciones por más $ 60.000 millones anuales (a la provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) en lugar de distribuirlo equitativamente entre todas las jurisdicciones que conforman el Estado Federal”.

“Se trata de fondos nacionales que se asignan exclusivamente a la provincia de Buenos Aires y a la CABA en desmedro de otras jurisdicciones”, fue revelado, para reafirmarse de que “la provincia de Buenos Aires no tiene legitimación para reclamar la inconstitucionalidad de la ley 24.621 porque la incorporó a su derecho público interno”.

En otro pasaje, la presentación sostiene que “la provincia de Buenos Aires pretende que la Corte Suprema se coloque en posición de legislador constituyente y resuelva a su parecer la distribución de los recursos fiscales que conforman la Federación”.

Y concluyente se plantea el “rechazo a la demanda en todas sus partes”.

De extrema gravedad

Para el ministro de Economía Jorge Ibáñez, es de “extrema gravedad” lo que está de por medio, no solo para cada una de las jurisdicciones provinciales sino para los municipios.

Considera que debe darse un debate profundo sobre la asignación de fondos , dado que el gobierno nacional le está otorgando a provincia y ciudad de Buenos Aires más recursos, ATN, obras, etc.”

Recordó que “a través de un DNU, se asigno unos 12 mil millones de dólares prácticamente para Capital y provincia de Buenos Aires, en el norte no recibimos un peso”.

Incluso expuso que “se otorgo también subsidios al gas, electricidad, transporte y otras actividades que tienen como eje también a Buenos Aires. Todo esto los gobernadores ponen sobre la mesa para discutir el fondo, pero el ámbito de discutir una ley es el Congreso y no la Corte Suprema”, insisten

Recordó además que “los presupuestos vigentes están hechos en base al Presupuesto nacional, base de la macroeconomía, y acá lo más grave es a la medida cautelar que pide provincia de Buenos Aires, que se resuelve rápido, y si eso ocurre estamos muy mal”.

“Llamó la atención que el Presidente de la Nación abiertamente haya dicho que le asiste el derecho a Provincia de Buenos Aires, esto es para discutirlo, estamos hablando de la inconstitucionalidad de dos incisos de un artículo. Creemos que hay que abstraerse de la campaña política, poner paños fríos, y hacer la discusión amplia como se debe, la que nos debemos desde que está aprobada la nueva constitución” pidió.

Finalmente, el ministro ratifico el impacto financiero para las cuentas locales en caso de ocurriese un fallo favorable del alto tribunal a la jurisdicción bonaerense: “Formosa perdería 3.292 millones de pesos, $2.373 al descongelarse el Fondo del Conurbano y llevarse el 10% de ganancias y $919 del reparto por NBI”.