Repudio de la Defensoría del Pueblo de la Provincia al fallo de la Corte
En sintonía con sus pares del resto del país, el Ombudsman Provincial, José Leonardo Gialluca, manifestó su total rechazo al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que posibilita la conmutación de penas con el beneficio del 2 por 1 para los condenados por crímenes de lesa humanidad.
El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, determinó que es aplicable a un proceso por delitos de lesa humanidad, por ser la más benigna, la ley 24.390. Esta ley establece el cómputo de "2 por 1" como beneficio para reducir penas en el expediente "BIGNONE, Benito A. y Otro s/Recurso Extraordinario. Lo hecho por la Suprema Corte, afirmó el funcionario provincial, representa un grave retroceso en materia de Derechos Humanos, que representa un duro golpe a la larga e incansable lucha que vienen llevando adelante, desde hace más de tres décadas, familiares de víctimas así como los distintos organismos estatales y organizaciones de Defensa de los Derechos Humanos de todo el país. En éste sentido el Defensor del Pueblo de la Provincia dijo coincidir plenamente con la Presidenta de la Asociación de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto quien, ni bien conocido el fallo, afirmó que el mismo abre un panorama incierto para las condenas a los genocidas de la época del proceso. No debemos olvidar que se continúa exigiendo que indiquen ¿donde están los cuerpos de miles de desaparecidos? y el dictamen emitido nos atrasa a las épocas más oscuras de nuestra historia. En éste sentido Gialluca reafirmó su postura de que la Memoria, Verdad y Justicia no deben ser tomadas como títulos de una marquesina, sino como una bandera que debe hacerse flamear con hechos concretos desde el Estado, por intermedio de sus diversos poderes, el Judicial incluido, y es por ello que resulta hasta casi repulsivo que se emitan fallos que otorguen beneficios dados a delicuentes comunes a favor de los responsables por crímenes de lesa humanidad, lo que lleva no sólo a expresar el natural repudio por éste tipo de acciones sino, además, a analizar que medidas pueden adoptarse para corregir tal iniquidad.
El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, determinó que es aplicable a un proceso por delitos de lesa humanidad, por ser la más benigna, la ley 24.390. Esta ley establece el cómputo de "2 por 1" como beneficio para reducir penas en el expediente "BIGNONE, Benito A. y Otro s/Recurso Extraordinario. Lo hecho por la Suprema Corte, afirmó el funcionario provincial, representa un grave retroceso en materia de Derechos Humanos, que representa un duro golpe a la larga e incansable lucha que vienen llevando adelante, desde hace más de tres décadas, familiares de víctimas así como los distintos organismos estatales y organizaciones de Defensa de los Derechos Humanos de todo el país. En éste sentido el Defensor del Pueblo de la Provincia dijo coincidir plenamente con la Presidenta de la Asociación de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto quien, ni bien conocido el fallo, afirmó que el mismo abre un panorama incierto para las condenas a los genocidas de la época del proceso. No debemos olvidar que se continúa exigiendo que indiquen ¿donde están los cuerpos de miles de desaparecidos? y el dictamen emitido nos atrasa a las épocas más oscuras de nuestra historia. En éste sentido Gialluca reafirmó su postura de que la Memoria, Verdad y Justicia no deben ser tomadas como títulos de una marquesina, sino como una bandera que debe hacerse flamear con hechos concretos desde el Estado, por intermedio de sus diversos poderes, el Judicial incluido, y es por ello que resulta hasta casi repulsivo que se emitan fallos que otorguen beneficios dados a delicuentes comunes a favor de los responsables por crímenes de lesa humanidad, lo que lleva no sólo a expresar el natural repudio por éste tipo de acciones sino, además, a analizar que medidas pueden adoptarse para corregir tal iniquidad.
