Prórroga de la factura electrónica.
La Federación Económica de Formosa -FEF-, califico como muy prudente y necesaria la prorroga al 31 de marzo del 2016, que la AFIP recientemente anuncio para la vigencia de la factura electrónica en todo el país. Como se recordara la FEF realizo varias reuniones, un análisis profundo del tema y en un acto de solidaridad con el empresariado del medio, junto al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la provincia, cuya presidencia recae en el contador Juan Benítez, había presentado ante el Jefe de la Agencia Formosa, Administrador Federal de Ingresos Públicos, contador Alfredo Chuscoff, una solicitud para que generalice una ampliación de plazos para la puesta en vigencia de la implementación de esta nueva metodología. También menciono Zanin que se trabajo sobre esta cuestión, de manera articulada junto al contador Oscar Kraupmer referente ante el Consejo Federal de Profesionales en Ciencias Económicas de la Argentina.
Entre los fundamentos que sostuvieron el pedido de prórroga, menciono el presidente de la Federación Económica de Formosa contador Enrique Zanin se encontraron los hechos de que el empresario del medio," obedece a las características de pequeña empresa, que en ciertos casos pueden encuadrarse en categorías de monotributo, obligadas a emitir factura electrónica, y en otros como en régimen general de responsable inscriptos.Y ante la convicción de que su equipamiento administrativo posee, (en infinidad de casos), serias deficiencias de actitud técnica".
En la comunicación que en su momento se presento también se había dejado claro que el pedido se daba "ante la evidencia de que, muchísimos empresarios no cuentan con equipamiento electrónico (computadoras), y en otros, si bien , la poseen, adolecen de asesoramiento suficiente en materia de programación, para implementar la tecnología necesaria, o en el mejor de los casos sus dependencias administrativos que operan sus equipos, lo hacen con un grado de instrucción poco menos que inexistentes".
"En un grado considerable el apoyo que pueden tener nuestras empresas del medio, por parte de los estudios profesionales y o contadores públicos, que las asistan, se diluye exponencialmente cuando cada factura que deben emitir, debe incluir un numero de productos de diferenciación de identidad, que imponga un listado discriminado, cuya imputación no solo limita la posibilidad de carga administrativa, sino fundamentalmente la celeridad de atención a la clientela con el daño comercial que eso involucra dada la exagerada ralentización que el acto de facturación y entrega de la mercadería involucra", indico Zanin.
"Las posibilidades de accedo a internet no cuentan con la aptitud, ni la celeridad, ni el ancho de banda necesarios, ni el funcionamiento apto que el sistema requiere. Y ni siquiera nos estamos refiriendo al interior de la provincia, cuyas características son poco menos que lamentables", dijo.
"La difusión de las tres alternativas posibles que describe la norma son, en la gran mayoría de los casos, hasta el momento insuficiente. Puesto que el grado de comprensión, que para los representantes de la AFIP, puede ser de una claridad indiscutida, no resulta tan asi para los empresarios, e incluso para la gran mayoría de los profesionales en Ciencias Económicas, quienes los que han podido acceder a unos pocos cursos en la materia, aun no terminan de estar convencidos de haber obtenido una claridad sufienciente como para un desenvolvimiento eficaz", sostuvo.
"Fue en ese orden de cosas que apelaron a que se tenga en cuenta que los términos de la norma son de una gravedad tal que aquellos empresarios, que no hayan tomado conciencia de que el mero hecho de un simple desconocimiento de la misma, o el rendirse a la realidad de no poder cumplirla por simples razones materiales, inmersas en una realidad económica que si bien esta prevista como una posibilidad en nuestra legislación procedimental pudieran ser considerados apocrifitos por la autoridad de aplicación, con el consabido daño penal- económico, tanto para quien emite como para quien recibe cada comprobante de venta, aun con absoluta transparencia contributiva", finalizo.
Entre los fundamentos que sostuvieron el pedido de prórroga, menciono el presidente de la Federación Económica de Formosa contador Enrique Zanin se encontraron los hechos de que el empresario del medio," obedece a las características de pequeña empresa, que en ciertos casos pueden encuadrarse en categorías de monotributo, obligadas a emitir factura electrónica, y en otros como en régimen general de responsable inscriptos.Y ante la convicción de que su equipamiento administrativo posee, (en infinidad de casos), serias deficiencias de actitud técnica".
En la comunicación que en su momento se presento también se había dejado claro que el pedido se daba "ante la evidencia de que, muchísimos empresarios no cuentan con equipamiento electrónico (computadoras), y en otros, si bien , la poseen, adolecen de asesoramiento suficiente en materia de programación, para implementar la tecnología necesaria, o en el mejor de los casos sus dependencias administrativos que operan sus equipos, lo hacen con un grado de instrucción poco menos que inexistentes".
"En un grado considerable el apoyo que pueden tener nuestras empresas del medio, por parte de los estudios profesionales y o contadores públicos, que las asistan, se diluye exponencialmente cuando cada factura que deben emitir, debe incluir un numero de productos de diferenciación de identidad, que imponga un listado discriminado, cuya imputación no solo limita la posibilidad de carga administrativa, sino fundamentalmente la celeridad de atención a la clientela con el daño comercial que eso involucra dada la exagerada ralentización que el acto de facturación y entrega de la mercadería involucra", indico Zanin.
"Las posibilidades de accedo a internet no cuentan con la aptitud, ni la celeridad, ni el ancho de banda necesarios, ni el funcionamiento apto que el sistema requiere. Y ni siquiera nos estamos refiriendo al interior de la provincia, cuyas características son poco menos que lamentables", dijo.
"La difusión de las tres alternativas posibles que describe la norma son, en la gran mayoría de los casos, hasta el momento insuficiente. Puesto que el grado de comprensión, que para los representantes de la AFIP, puede ser de una claridad indiscutida, no resulta tan asi para los empresarios, e incluso para la gran mayoría de los profesionales en Ciencias Económicas, quienes los que han podido acceder a unos pocos cursos en la materia, aun no terminan de estar convencidos de haber obtenido una claridad sufienciente como para un desenvolvimiento eficaz", sostuvo.
"Fue en ese orden de cosas que apelaron a que se tenga en cuenta que los términos de la norma son de una gravedad tal que aquellos empresarios, que no hayan tomado conciencia de que el mero hecho de un simple desconocimiento de la misma, o el rendirse a la realidad de no poder cumplirla por simples razones materiales, inmersas en una realidad económica que si bien esta prevista como una posibilidad en nuestra legislación procedimental pudieran ser considerados apocrifitos por la autoridad de aplicación, con el consabido daño penal- económico, tanto para quien emite como para quien recibe cada comprobante de venta, aun con absoluta transparencia contributiva", finalizo.