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Usuarios y consumidores, con más tiempo para reclamos por fallas en bienes y servicios


La ley de Defensa del Consumidor, establece que todos los productos tienen una garantía legal. Si se trata de productos nuevos, la garantía mínima es de 6 meses, si son usados, la misma es de 3 meses. También los proveedores o vendedores pueden ofrecer plazos mayores a los antes citados, pero nunca menores.

El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca, informó que dada la imposibilidad de ejercer por parte de los consumidores plenamente sus derechos como consecuencia de las diferentes medidas decretadas por el Aislamiento Social Preventivo y Obligatoria, es que la Secretaría de Comercio Interior a cargo de Paula Español publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 244/2020; por la cual se establece que los plazos previstos en las Garantías Contractuales y Legales de la Ley Nº 24.240 y sus modificatorias, “quedan suspendidos por todo el periodo en que los consumidores se hayan visto imposibilitados de ejercer sus derechos”. Es decir que, los plazos legales comenzarán a regir cuando finalice la cuarentena, por ello los proveedores deberán informar “de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías” y, en caso de que posean sitios web o aplicaciones para dispositivos móviles, “esta información deberá estar de modo visible en la página o pantalla de inicio, respectivamente”.

En ese sentido remarca que deberán comunicarle de la suspensión a los consumidores en el paso anterior al pago. Recordándose que “frente a cualquier vulneración de sus derechos”, los consumidores deben realizar el reclamo correspondiente ante la empresa proveedora y, de no obtener respuesta, por ante la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa. Gialluca resalto que estas medidas constituyen verdaderas políticas publicas que protegen a los consumidores haciendo efectivo el goce de sus derechos.


PRORROGAN HASTA FIN DE AÑO LA DEVOLUCIÓN DEL 15% A JUBILADOS POR COMPRAS HECHAS CON TARJETA DE DÉBITO CON UN TOPE DE HASTA $1.400 POR MES


El beneficio, que tiene un tope de 1.400 pesos por mes y vencía el próximo lunes, fue prorrogado hasta fin de año y alcanza también a beneficiarios de: la AUH, Asignación Universal por Embarazo y pensiones no contributivas. Así lo informaron desde la Defensoría del Pueblo dado que esta medida, que entró en vigencia en febrero pasado y vencía el próximo lunes 31, forma parte del paquete de acciones instrumentadas desde el Ejecutivo para motorizar la reactivación económica otorgando mayor desahogo financiero y así mejorar los niveles de consumo en los sectores que más postergados habían quedado durante los 4 años del anterior Gobierno Nacional.

Están excluidos del programa quienes perciban más de un beneficio asistencial o de la seguridad social, aquellos que “se encuentren obligados a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única”; los que tengan “otros ingresos" por relación de dependencia o "que hayan sido declarados en el impuesto a las ganancias y/o en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes” y las personas que estén “inscriptas en el Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos”.

La devolución se realiza a la cuenta bancaria en la cual se recibe habitualmente el beneficio de la Anses en las 24 horas siguientes a la realización de la compra en cualquier comercio minorista o mayorista que haya sido abonada con la tarjeta vinculada a esa misma cuenta en la que cada mes se percibe el pago de la Anses.