Lopez Peña realizó una charla informativa sobre la modificación del régimen jubilatorio para la actividad docente
Estuvo dirigida a supervisores, directores de niveles, jefes de
departamentos y equipos técnicos del MCyE. Estuvieron presentes el
Ministro de Cultura y Educación, Dr. Alberto Zorrilla, la Subsecretaria
de Educación, Analía Heizenreder y la Directora de Coordinación de
Personal Docente, Lic. Nora González, entre otras autoridades.
A raíz de las dudas que surgieron por la última modificación del régimen
jubilatorio, ayer a la tarde el Administrador General de la Caja de
Previsión Social, Dr. Gustavo López Peña, junto a su equipo técnico de
trabajo, realizó una charla informativa sobre la modificación del
Régimen Jubilatorio Docente, encuadrado en la Ley Provincial N° 1638.
El encuentro se llevó a cabo en el Galpón C del Paseo Costanero, Vuelta
Fermoza, y estuvo dirigida a supervisores, directores de niveles, jefes
de departamentos y equipos técnicos del Ministerio de Cultura y
Educación
Además, estuvieron presentes el Ministro de Cultura y Educación, Dr
Alberto Zorrilla, la Subsecretaria de Educación Prof. Analía
Heizenreder; la Directora de Coordinación de Personal Docente, Lic. Nora
González, entre otras autoridades.
El titular del organismo rector en materia Previsional en la Provincia,
explicó claramente los fundamentos que conllevaron a la Cámara de
Diputados a la sanción de la Ley, los alcances, sus modificatorias y se
encontró abierto a responder las preguntas necesarias para evacuar las
dudas que hasta el momento la modificación ha traído.
Uno de los cambios que establece el nuevo régimen es la modificación de
la edad, pero los docentes NO la tendrán debido a que tienen una
prestación llamada “jubilación especial” que permite jubilarse con 25
años de antigüedad sin límite de edad. Otro dato importante fue la
vigencia del 82% móvil en el cálculo del haber jubilatorio del régimen
Ordinario, art. 77 de la Constitución Provincial y art. 5 de la Ley
1638.
Sin embargo, las modificaciones se sienten en aquellos que superen los
25 años de servicios, ya que no se pagará ningún porcentaje extra por
cada año que se supere a éstos, cuando con el régimen anterior se pagaba
medio punto porcentual por cada año superado.
También se modifica lo de los 10 años del prorrateo para el cálculo del
haber jubilatorio, a partir de la nueva ley se calculará sólo por los
diez últimos años trabajados, en lugar de la elección de los 10 mejores
años continuos que se podía efectuar hasta el presente.
Aclaró que existe la posibilidad de optar, para los que tienen
resoluciones de otorgamiento o trámites iniciados en el Organismo con el
régimen anterior, tendrán como fecha límite el 31 de enero de 2017 para
hacerlo, o continuar en actividad para luego acogerse a la Ley vigente.
departamentos y equipos técnicos del MCyE. Estuvieron presentes el
Ministro de Cultura y Educación, Dr. Alberto Zorrilla, la Subsecretaria
de Educación, Analía Heizenreder y la Directora de Coordinación de
Personal Docente, Lic. Nora González, entre otras autoridades.
A raíz de las dudas que surgieron por la última modificación del régimen
jubilatorio, ayer a la tarde el Administrador General de la Caja de
Previsión Social, Dr. Gustavo López Peña, junto a su equipo técnico de
trabajo, realizó una charla informativa sobre la modificación del
Régimen Jubilatorio Docente, encuadrado en la Ley Provincial N° 1638.
El encuentro se llevó a cabo en el Galpón C del Paseo Costanero, Vuelta
Fermoza, y estuvo dirigida a supervisores, directores de niveles, jefes
de departamentos y equipos técnicos del Ministerio de Cultura y
Educación
Además, estuvieron presentes el Ministro de Cultura y Educación, Dr
Alberto Zorrilla, la Subsecretaria de Educación Prof. Analía
Heizenreder; la Directora de Coordinación de Personal Docente, Lic. Nora
González, entre otras autoridades.
El titular del organismo rector en materia Previsional en la Provincia,
explicó claramente los fundamentos que conllevaron a la Cámara de
Diputados a la sanción de la Ley, los alcances, sus modificatorias y se
encontró abierto a responder las preguntas necesarias para evacuar las
dudas que hasta el momento la modificación ha traído.
Uno de los cambios que establece el nuevo régimen es la modificación de
la edad, pero los docentes NO la tendrán debido a que tienen una
prestación llamada “jubilación especial” que permite jubilarse con 25
años de antigüedad sin límite de edad. Otro dato importante fue la
vigencia del 82% móvil en el cálculo del haber jubilatorio del régimen
Ordinario, art. 77 de la Constitución Provincial y art. 5 de la Ley
1638.
Sin embargo, las modificaciones se sienten en aquellos que superen los
25 años de servicios, ya que no se pagará ningún porcentaje extra por
cada año que se supere a éstos, cuando con el régimen anterior se pagaba
medio punto porcentual por cada año superado.
También se modifica lo de los 10 años del prorrateo para el cálculo del
haber jubilatorio, a partir de la nueva ley se calculará sólo por los
diez últimos años trabajados, en lugar de la elección de los 10 mejores
años continuos que se podía efectuar hasta el presente.
Aclaró que existe la posibilidad de optar, para los que tienen
resoluciones de otorgamiento o trámites iniciados en el Organismo con el
régimen anterior, tendrán como fecha límite el 31 de enero de 2017 para
hacerlo, o continuar en actividad para luego acogerse a la Ley vigente.