Fuerte rechazo al proyecto de ley que pretende eliminar tasas regulatorias, matriculación y contribución obligatoria para profesionales
FUERTE RECHAZO DE LOS INGENIEROS CIVILES, ESPECIALISTAS, ARQUITECTOS Y TÉCNICOS DE TODO EL PAÍS AL PROYECTO DE LEY SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TASAS REGULATORIAS, MATRICULACIÓN, CUOTAS COLEGIALES Y/O CONTRIBUCIÓN OBLIGATORIA PARA PROFESIONALES
Profesionales de la Ingeniería Civil, Especializada, la Arquitectura y de Técnicos nucleados en sus respectivas federaciones nacionales que representan a la totalidad de las provincias de nuestro país, se oponen y manifiestan su enérgico rechazo al proyecto de Ley de Regulación Profesional que se presentó bajo Expte. N°1677-D-2025. que propone simplificar los objetivos primordiales de los Colegios/Consejos profesionales, restringiendo sus objetivos prioritarios por los cuales han sido creados y con los cuales desempeñan múltiples acciones, no solamente en el control del ejercicio legal de las profesiones, sino también, resguardando los intereses de la sociedad garantizando el cumplimiento de las normas imprescindibles que sostienen un desarrollo responsable de nuestras Comunas y Municipios para un desarrollo equilibrado de nuestros territorios. Los Consejos/Colegios Profesionales, lejos de ser estructuras burocráticas, son entidades fundamentales para asegurar estándares técnicos y éticos, por lo que su debilitamiento puede derivar en una profesionalización sin control de calidad profesional, se precarizan derechos y convierten a los profesionales en simples prestadores de servicios sin respaldo institucional y comprometiendo la seguridad pública. El proyecto de Ley propone simplificar los objetivos primordiales de los Colegios Consejos profesionales, sin atender a las funciones de:
Control de matrícula, ejercicio legal / ilegal de la profesión Defensa de las actividades profesionales, defensa de incumbencias Control de la Ética Profesional; elevación al Tribunal de Ética Profesional de los antecedentes de falta de ética profesional que obraren en su poder, así como solicitar la aplicación de las sanciones a que hubiere lugar y ejecutar las mismas formulando las comunicaciones que correspondan Celebrar convenios con la Administración Pública o con Instituciones similares en el cumplimiento de los objetivos del Colegio/Consejo Profesional Intervenir a solicitud de partes en todo diferendo, sin perjuicio de la intervención que corresponda a la Justicia y Velar por el cumplimiento las respectivas leyes de colegiación, sus Estatutos y Normas complementarias Ejercer el poder de policía sobre los matriculados.
Resolver a requerimiento de los interesados y en el carácter de árbitro cuestiones que se susciten entre los colegiados o entre éstos y sus comitentes Proponer honorarios y/o aranceles al Poder Ejecutivo Provincial las Asesorar a su requerimiento a los poderes del Estado en asuntos de diversa indole vinculados con el ejercicio de la profesión Velar por el prestigio, independencia y respeto del trabajo profesional, así como defender y mejorar sus condiciones y retribuciones Asesorar e informar a los colegiados en la defensa de sus intereses y derechos ante quien corresponda y coon relación a toda problemática de carácter jurídico, legal y económico-contable Desarrollar programas para la plena ocupación de la capacidad disponible, fomentando un justo acceso al trabajo Promover y realizar actividades culturales que contribuyan a la formación integral de los colegiados Promover sistemas de información específica a la formación, consulta y práctica profesional.
Promover y realizar actividades de relación e integración de los colegiados entre sí, con el medio, interprofesionales y con entidades de segundo y tercer grad Informar mediante opinión crítica sobre problemas y propuestas relacionados con el ámbito de la actividad profesional y de interés de la comunidad 이 이 Promover la difusión en la comunidad de todos los aspectos técnico-científicos del quehacer profesional Colaborar con las autoridades universitarias en el desarrollo de actividades postgrado que optimice la práctica profesional, docente y de investigación de Fomentar el espíritu de solidaridad, la consideración y asistencia recíproca entre los matriculados Asumir la representación de los colegiados ante las autoridades y entidades públicas o privadas adoptando las disposiciones necesarias para asegurar el ejercicio de la profesión Promover las actividades de asistencia en beneficio de los colegiados Proponer al Ministerio de Educación de la Nación, INET (Instituto Nacional de Educación Tecnológica), Ministerio de Educación Provinciales, a las Universidades la elaboración y/o modificación de los planes y programas de estudio de las carreras de las profesiones contempladas en las respectivas leyes de colegiación.
Así mismo, se hace hincapié en que los Colegios/Consejos Profesionales son entidades creadas por Ley, enmarcados en Constituciones Provinciales, no siendo una función delegada por las provincias a la Nación. El Artículo 121 de la Constitución Nacional establece que las provincias conservan todo poder que no haya sido delegado al gobierno federal y que se haya reservado expresamente en pactos especiales al incorporarse. En esencia, define la distribución de competencias entre la Nación y las provincias, estableciendo que las provincias tienen autonomía para ejercer los poderes que no han sido delegados a la Nación. Y esto es así, toda vez que los textos de muchas de las Constituciones provinciales ya reformadas y en proceso de reforma, garantizan, promueven y reconocen la existencia y el área que los Colegios/Consejos Profesionales junto a las Cajas de Previsión Social, los cuales son autónomos e independientes-de los estados provinciales y nacional.
Por lo expuesto, LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INGENIERÍA CIVIL, LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INGENIERÍA ESPECIALIZADA, LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE ENTIDADES DE ARQUITECTOS Y LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE COLEGIOS PROFESIONALES Y ENTIDADES DE TÉCNICOS, MANIFESTAMOS NUESTRO ENÉRGICO RECHAZO AL PROYECTO DE LEY QUE EVIDENCIA EL TOTAL DESCONOCIMIENTO DEL MARCO NORMATIVO Y DE LAS ACCIONES POR LAS QUE VELAN NUESTRAS INSTITUCIONES.