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William Dardo Caraballo sostiene que Carbajal es un Diletante y encubridor



Escribe: William Dardo Caraballo

La política es (o debería ser) un ámbito de disputa de ideas, proyectos y sobre todo coherencia. Honestamente no pensaba que el diputado nacional Fernando Carbajal, por conocerlo naranjo, me colocara en la obligación en honor de la verdad de desenmascararlo en forma recurrente. 

Ahora, como si todos los formoseños fuéramos “bobos” en la versión “messiana” de la expresión, acaba de afirmar “que no le sorprende la denuncia de Patricia Bullrich sobre la complicidad de la Policía de la Provincia con el narcotráfico”. 

El diputado correntino fue juez federal subrogante de los dos juzgados federales de nuestra provincia durante los años 2018 y 2019 y posteriormente desde noviembre del año 2019 y hasta fines del año 2020 estuvo a cargo del juzgado federal 2. El art. 34 de la ley 23.737 de Tenencia y Tráfico de Estupefacientes establece “Los delitos previstos y penados por esta ley serán de competencia de la justicia federal en todo el país…”; ergo, Carbajal en su condición de “Okupas” de los juzgados federales de Formosa era el juez que tenía a su cargo la investigación de la complejidad criminal del narcotráfico y contaba para ello con el auxilio de las fuerzas federales como Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Policía de la Provincia con todos sus recursos humanos y materiales. 

Las causas de narcotráfico son absorbidas por los juzgados federales de turno, quien puede delegar la instrucción al Fiscal. El art. 194 del código ritual dice con claridad que “El juez de instrucción deberá proceder directa e inmediatamente a investigar los hechos que aparezcan cometidos en su circunscripción judicial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 196”. 

A su vez esta última norma establece que “El juez de instrucción podrá decidir que la dirección de la investigación de los delitos de acción pública de competencia criminal quede a cargo del agente fiscal”, siendo esta una decisión discrecional del juez de la causa “Romero Feris” ya que dice “podrá”. 

Por último, el art. 177 del mismo Código Procesal pone en cabeza de cualquier funcionario público, máxime si se trata de un magistrado, aunque fuere temporario y con expectativa de conchabarse, la obligación de denunciar en estos términos: “Tendrán obligación de denunciar los delitos perseguibles de oficio:1) Los funcionarios o empleados públicos que los conozcan en el ejercicio de sus funciones”. 

¿Entonces nos surge el interrogante de porqué ahora al diputado cambiemita admite que no le sorprende la complicidad de la policía provincial con el narcotráfico? 

Carbajal quien además fuera funcionario K precisamente en el ministerio de seguridad de la nación se puso solito el sayo de Encubridor y ahí nuevamente pedimos el auxilio ahora del código penal para que nos ilustre de qué se trata un delincuente encubridor confeso. 

¿Qué dice el artículo 277 del Código Penal? 1) Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado: a) Ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta”.

 La fiebre electoralista prematura de Carbajal amerita la presentación de una denuncia penal para que él mismo explique a la sociedad formoseña el conocimiento que tenga sobre la complicidad de la policía provincial con el narcotráfico como crimen organizado transnacional es una primera posibilidad, otra es que la misma institución ante tamaña acusación se presente con la “notitia criminis” que ahora nos brinda el legislador y la ultima es conocer el listado de causas de narcotráfico que el mismo investigó para conocer sus resoluciones y especialmente qué abogados y estudios jurídicos ejercieron la defensa de las personas involucradas. 

Puedo afirmar que todos están sentados en el Comité Radical y de lo que sí fueron cómplices fue del Coronavirus y los muertos que generaron con la misma irresponsabilidad que hoy pretende empañar a la institución policial. Carbajal al igual que otros jueces radicales de la última dictadura asume por su propia conducta el rol de encubridor de delitos contra la salud pública.