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Afirmó la Defensoría que todo emprendimiento agrícola, forestal o de cambio de uso de la tierra debe presentar estudio de impacto ambiental


Gialluca señaló que las empresas deben actuar con diligencia en materia de Ambiente y Derechos Humanos, pues no pueden violar el derecho a un hábitat limpio, saludable y sostenible, generando contaminaciones que colocan en riesgo a las franjas sociales más vulnerables. Actualmente existen Comunidades que son objeto de injusticias ambientales y a las cuales se les menoscaban los derechos de generaciones presentes y futuras, por ello consideramos a la contaminación también como una cuestión de desigualdad y en consecuencia la prioridad es disminuir todos los impactos ambientales negativos-

Se llevaron a cabo en el día de la fecha, en la Sede del FONFIPRO dos Audiencias Públicas convocadas por la Subsecretaría de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental a cargo del Dr. Hugo Bay, quien actuó como Presidente del Tribunal, acompañado por la Dra. Grisel Insfrán y el Ing. Horacio Zambón. En la primera de ellas, se solicitó la extensión del pertinente Certificado Ambiental para la ejecución del CUS (Cambio de Uso de Suelo) que representa el 59,7% del total de la extensión actual del -Establecimiento Alfonsina-, en la zona centro de la provincia, cercano a la localidad de Laguna Yema, en la segunda Audiencia Pública, se abordó nuevamente el uso de cambio de suelo, pero en esta ocasión en el Establecimiento -Santa Rita-. En ambos casos, desde la Defensoría del Pueblo se solicitó la elaboración de informes semestrales por parte de los responsables de cada emprendimiento, la contratación de mano de obra de la zona de influencia de los proyectos, como así también la adquisición de bienes y servicios locales, mientras el proyecto se encuentra en la etapa de ejecución y posteriormente. En cuanto a la transformación del hábitat faunístico y florístico de la zona se solicitó la coordinación de acciones conforme lo establece la Ley 1.471 en atención a la proximidad de la Reserva Natural considerada desde el año 2.019 como una de las Siete Maravillas de la Argentina, refiriéndose al “Bañado La Estrella”. El Ombudsman Provincial, “solicitó, que los responsables o propietarios de las empresas, deben actuar con diligencia en materia de Ambiente y respeto de los Derechos Humanos, pues son directamente responsables de no contaminar tierras, aguas y ecosistemas”. Es que países como Argentina, son los más afectados por enfermedades relacionadas con la contaminación, en donde las mujeres, los niños, los pueblos indígenas, las personas de edad, las personas con discapacidad son las más vulnerables por diversas razones económicas, sociales, culturales e ideológicas. Todo esto exige que, ya no tenemos la oportunidad de desarrollarnos primero, con una alta contaminación y posteriormente mitigar los impactos negativos, necesitamos hoy que la realización de emprendimientos e inversiones directamente relacionadas con las actividades agrícolas, forestales y los cambios en el uso de la tierra, que son los responsables de las emisiones de gases, de efecto invernadero, aborden y cumplan con todas las normativas ambientales, reduciendo al mínimo posible cualquier impacto negativo en nuestra sociedad, impidiendo el cambio climático, el que según los estudios más recientes del Banco Mundial podría provocar el desplazamiento de 216 millones de personas dentro de sus respectivos países para el año 2.050 con zonas críticas de migración interna que surgirán a mediados del 2.030.