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El Consejo de la Abogacía presentó su posición respecto al protocolo de feria extraordinaria


La prestigiosa institución, que nuclea a los profesional del derecho matriculados, elevó nota al Excelentísimo Tribunal de Justicia dejando sentada su posición respecto del proyecto de protocolo presentado por la Dra. Patricia Lugo (Juez de Feria Extraordinaria), mediante el cual se solicita la reformulación del mismo, en particular en sus artículos 3 y 4.

Según se argumenta, el proyecto de protocolo presentado por la magistrada, “Violenta el objetivo” del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por las autoridades en el marco de la Pandemia por el COVID-19.

El punto 2 del mencionado protocolo, conforme la resolución emanada del S.T.J., se tiende a la presentación, por medios electrónicos, de la reiteración del pedido de fondos, el cual según la propia magistrada, tiene carácter de Declaración Jurada, lo cual es “correcto”, ya que evita la presentación de papeles y la posibilidad de contagio, ya que está acreditado científicamente que el virus permanece activo en el papel durante horas.

Contrariamente  para los nuevos pedidos de fondos (que fueran habilitados expresamente por el STJ) “se omite las presentaciones en formato digital, exigiéndose constancia actualizada de la cuenta” en donde están los fondos (que emite el Banco de Formosa) de cumplimiento prácticamente imposible, y la presentación en formato papel del pedido con habilitación de feria. 

Así entonces, esto implica la “necesidad de violentar el aislamiento”, ya que se necesitará personal en el Juzgado (que actualmente por tratarse de una feria pasiva, no concurre al lugar de trabajo, con todo lo que ello implica, es decir, personal de mesa de entradas, personal de maestranza, etc), siendo en consecuencia “una incongruencia que exista feria pasiva y el personal, el Secretario y el Magistrado deban concurrir al juzgado”.

Se solicita concretamente que todas las presentaciones se realicen por Vía Mail (lo cual evitará el contacto del profesional con el personal del juzgado) y que el oficio que según protocolo debe ser confeccionado por la Secretaria (punto cuarto) sea directamente enviado a la institución crediticia por la magistratura por igual mecanismo (vía mail), evitando nuevamente el desplazamiento del letrado y de la Secretaria o agente que deba entregarlo.

A todo esto, el Consejo Profesional de la Abogacía: “No tiene inconvenientes en que la magistrada de feria, tome los recaudos que estime convenientes a los fines de poder despachar favorablemente la medida”, pero reiterando que para el cuidado de la salud de los agentes judiciales y de los matriculados, con la aclaración del remitente (matriculado) que “el Mail, constituye una declaración jurada y que la presentación la hace bajo responsabilidad profesional, con apercibimiento de responder por todas las consecuencias civiles y/o penales que correspondieren”.

Además con “comunicación al Consejo Profesional de la Abogacía para la adopción de medidas disciplinarias”.

Finalmente, se recuerda que  la magistrada, “tiene la posibilidad de acceder a todas las constancias del expediente, mediante el sistema del Poder Judicial (ya que el mismo en teoría esta digitalizado), por lo que incluso no resulta necesario contar con el mismo en formato físico al momento de despachar la medida, sin perjuicio de que si lo estima pertinente puede requerirlo pero siempre tratando de evitar la circulación de papeles o personas, que pueden contener el virus, a fin de respetar el objeto de la feria judicial extraordinaria.