Desde este lunes rige el asueto para la administración pública
Desde este lunes 28 de diciembre del corriente al 29 de enero de 2016 inclusive, estará en vigencia el receso administrativo en todos los ámbitos de la administración pública provincial, lapso en que el personal estatal deberá usufructuar su licencia anual reglamentaria.
De acuerdo a los términos establecidos por el decreto 38 del titular del PEP, doctor Gildo Insfran, en este lapso de tiempo, el horario de labor de la administración pública provincial- con carácter excepcional- será de 8 a 12 horas.
A través del mismo instrumento, que refrendan los ministros, de la Jefatura de Gabinete, doctor Antonio Ferreira, y de la Secretaría General del Poder Ejecutivo, María Cecilia Guardia Mendonca, se exceptúa del receso los organismos afectados a servicios públicos esenciales que se detallan a continuación: Ministerios de Desarrollo Humano, Turismo y la Comunidad, Servicio Provincial de Agua Potable, Subsecretaría de Comunicación Social, entes recaudadores y las Direcciones de Parque Infantil, Vialidad Provincial, Informatica y Teleprocesamiento, Registro Civil y Capacidad de las Personas, Defensa Civil, Catastro Territorial, Registro de la Propiedad Inmueble, Subsecretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría General, Tesorería General, Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Escribanía Mayor de Gobierno y Departamento Intendencia de Casa de Gobierno), quienes dispondrán las medidas necesarias para la efectiva aplicación de este decreto”.
De acuerdo a los términos establecidos por el decreto 38 del titular del PEP, doctor Gildo Insfran, en este lapso de tiempo, el horario de labor de la administración pública provincial- con carácter excepcional- será de 8 a 12 horas.
A través del mismo instrumento, que refrendan los ministros, de la Jefatura de Gabinete, doctor Antonio Ferreira, y de la Secretaría General del Poder Ejecutivo, María Cecilia Guardia Mendonca, se exceptúa del receso los organismos afectados a servicios públicos esenciales que se detallan a continuación: Ministerios de Desarrollo Humano, Turismo y la Comunidad, Servicio Provincial de Agua Potable, Subsecretaría de Comunicación Social, entes recaudadores y las Direcciones de Parque Infantil, Vialidad Provincial, Informatica y Teleprocesamiento, Registro Civil y Capacidad de las Personas, Defensa Civil, Catastro Territorial, Registro de la Propiedad Inmueble, Subsecretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría General, Tesorería General, Instituto de Colonización y Tierras Fiscales, Escribanía Mayor de Gobierno y Departamento Intendencia de Casa de Gobierno), quienes dispondrán las medidas necesarias para la efectiva aplicación de este decreto”.