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Afirmó la Defensoría que el DNU 70/23 viola groseramente la Constitución Nacional


Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, señalaron que las “Bases para la reconstrucción de la Argentina”, que es el nombre del decreto de necesidad y urgencia que lleva el número 70/2023 y declara la "emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025”, no acredita una situación de emergencia objetiva. El Ombudsman Provincial Dr. José Leonardo Gialluca advirtió que antes en los considerandos del Decreto se invoca el artículo 99 de la Constitución Nacional que "otorga al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de emitir disposiciones de carácter legislativo en casos de necesidad y urgencia en los que sea imposible seguir el procedimiento normal de formación y sanción de las leyes", a la vez que menciona como antecedentes DNU de los ex presidentes Raúl Alfonsín y Eduardo Duhalde. Es que cuando mediante los DNUs se intenta sustituir integralmente al Congreso en su función legislativa, entonces mediante el desvío de poder y el abuso de derecho público se intenta obtener la suma del poder prohibida por la Constitución en el art. 29 y considerada traición a la patria. El DNU 70/2023 es un claro intento de suma del poder público, no acredita una situación de emergencia objetiva, solo una necesidad de imponer un proyecto político. El Congreso puede funcionar y debatir los temas, (el DNU) afecta la división de poderes y es contrario a la República. El Poder Ejecutivo no puede ejercer funciones legislativas bajo pena de nulidad absoluta e insanable porque viola la división de poderes tal como lo expresa el art. 99 de la Constitución.