Curso de Capacitación sobre Litigación Oral Civil
El presidente del Superior Tribunal de Justicia invitó a Magistrados y Secretarios de primera instancia del fuero Civil y Comercial de las tres circunscripciones de la provincia a participar del curso de Capacitación sobre Litigación Oral, a realizarse los días 5 y 6 de junio del corriente año en el horario de 16 a 20 hs. en el aula magna de la Escuela Judicial. Los coordinadores serán los Dres. Hector Mario Chayer y Juan Pablo Marcet, especialistas en Organización y Gestión Judicial, quienes además se desempeñan como asesores de gabinete del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; y el Dr. Marcos Fernando Val, juez de primera instancia de Dolores, provincia de Buenos Aires.
Se recomienda a los sres. Magistrados y Secretarios su comprometida asistencia y activa participación atento a que, los primeros módulos que se realizarán, estan orientados específicamente a los mismos por la concreta temática y problemática que se tratarán respecto a su desempeño; además de brindar las técnicas y herramientas necesarias para la correcta actuación en juicio, atendiendo al cambio de paradigma en la gestión judicial que, como consecuencia del avance en materia de oralidad, se ha concretado en los procesos del fuero Civil y Comercial; implicando modificaciones sustanciales en las practicas de los operadores y considerando lo resuelto por este Excmo. Superior Tribunal de Justicia en el Acuerdo Nº 2922/17, por el cual se dispone la continuidad del Programa de Oralidad en el fuero Civil y Comercial de manera definitiva y generalizando su implementación progresiva en los restantes juzgados del Fuero.
Se recomienda a los sres. Magistrados y Secretarios su comprometida asistencia y activa participación atento a que, los primeros módulos que se realizarán, estan orientados específicamente a los mismos por la concreta temática y problemática que se tratarán respecto a su desempeño; además de brindar las técnicas y herramientas necesarias para la correcta actuación en juicio, atendiendo al cambio de paradigma en la gestión judicial que, como consecuencia del avance en materia de oralidad, se ha concretado en los procesos del fuero Civil y Comercial; implicando modificaciones sustanciales en las practicas de los operadores y considerando lo resuelto por este Excmo. Superior Tribunal de Justicia en el Acuerdo Nº 2922/17, por el cual se dispone la continuidad del Programa de Oralidad en el fuero Civil y Comercial de manera definitiva y generalizando su implementación progresiva en los restantes juzgados del Fuero.
