La justicia federal rechaza denuncias de la UCR por supuestos domicilios falsos



De “viejos denuncieros mediáticos  que no distinguen una cámara o un micrófono de un tribunal de la constitución”, califico a los denunciantes Gabriel y Martin Hernández

El reconocido letrado y militante del peronismo provincial, Williams Dardo Caraballo se refirió a las decenas de denuncias que el apoderado de la UCR y ex intendente municipal Gabriel Hernández efectúo en la Justicia Federal contra “cientos de ciudadanos argentinos por la presunta infracción al Art. 137 del Código Electoral Nacional que sanciona a los ciudadanos que denunciaren un domicilio falso o aquellos que para obtener el documento nacional de identidad emplearen documentación que no corresponde a su verdadera identidad”.
Expuso que “las denuncias contra cientos de ciudadanos argentinos que el radicalismo local radicó en los años 2011 y 2012, con motivo de los comicios generales del año 2011, van resolviéndose por parte del juez federal de Formosa decretando hasta el presente varios sobreseimientos que ponen al descubierto por parte del Poder Judicial –según Caraballo- las recurrentes mentiras de los hermanos Hernández  a quienes calificó como “viejos denuncieros mediáticos  que no distinguen una cámara o un micrófono de un tribunal de la constitución”.
El abogado que actúa representando a las víctimas en causas vinculadas a la violación de los derechos humanos durante el terrorismo de estado, calificó de “superadora” la jurisprudencia dictada por el juez Juan Carlos Vallejos quien es titular del Juzgado Federal Nº 2 de Corrientes y subroga los juzgados federales de Formosa.
Sostuvo Caraballo que “el magistrado destruyó los argumentos utilizados contra el electorado que desplegó la UCR” resaltando en sus fallos que “lo que aquí interesa destacar, es lo estatuido por el art. 73 del Código Civil cuando expresa Domicilio Real: “La persona humana tiene domicilio real en el lugar de residencia habitual” y el art. 77 del mismo digesto reza “cambio de domicilio”: el domicilio puede cambiarse de un lugar a otro. Esta facultad no puede ser coartada. El cambio de domicilio se verifica instantáneamente por el hecho de trasladar la residencia de un lugar a otro con ánimo de permanecer en ella”.
Amplia diciendo que “a su vez el art. 17 del Código Electoral prevé “El Registro Nacional de las Personas deberá remitir al Registro Nacional de Electores, en forma electrónica los datos que correspondan a los electores y futuros electores”; es decir, el primer dato con el que se conforma el padrón proviene del RENAPER, no de una acción positiva que surja de los electores. En definitiva concluyen los reiterados fallos “la ley prevé una regulación sobre el domicilio de las personas que establece una obligación de actualización, no obstante su incumplimiento no acarrea sanción de tenor penal”.
“Por último, en las causas en trámite concluye el juzgador que “la CSJN ha considerado en el antecedente Acosta y lo mismo la CIDH en el caso Kimel que el derecho penal es la última ratio del ordenamiento jurídico por lo que la legitimidad del ejercicio del poder punitivo no se satisface con el solo proceso de subsunción de una conducta en un tipo penal, sino que exige la demostración de que tal conducta ha afectado por lesión o puesta en peligro un bien jurídico”, expuso.
Para Caraballo “los sobreseimiento traen claridad y certeza respecto a la situación de ciudadanos argentinos que debieron comparecer a distintos actos procesales en el juzgado pero que ese esfuerzo ahora se ve recompensado con resoluciones favorables que la fiscalía no apeló dejando en soledad al apoderado de la UCR”.
Concluye señalando que “sin embargo los afectados no descartan accionar contra la UCR y contra Gabriel Hernández quien se declara insolvente a los gritos en todos los fueros, quedando en evidencia que al igual que los castillitos de su gestión como intendente, sus denuncias se van desmoronando como “castillitos de arena” por provenir desde la intolerancia y la impotencia electoral. Una vez más se demuestra que las elecciones se ganan con votos y no con denuncias”.

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