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La Dirección General de Rentas aclara sobre condiciones fiscales de productores primarios



Desde el seno de la Dirección General de Rentas se ratifico que la producción primaria goza de exención ante el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Impuesto de Sellos respectivamente, y que en el caso de los productores paipperos, se los beneficia además estar libres ante el Impuesto Inmobiliario Rural. “Estas normativas en conjunto repercuten favorablemente en la gestión económica de los contribuyentes vinculados a actividades del sector primario”, fue significado.
Se sostuvo que “se continúa trabajando en todas las delegaciones – de la ciudad capital e interior – tanto con el Instituto PAIPPA, como con el ministerio de la Producción y Ambiente, con el propósito de regularizar la situación de productores formoseños en pos de obtener los beneficios impositivos antes enunciados y en eximirlos de algunos efectos por trámites pendientes ante el Organismo Fiscal, ello, en el marco de lo establecido por las resoluciones generales de la DGR números 012/2016 – PAIPPA – y Nº 32/2017 – Pequeños Productores – respectivamente”.
Fue puntualizado que “la normativa vigente se inscribe en los objetivos de política tributaria de estimular a los productores primarios, a través de medidas de impacto en carácter de gastos tributarios atento a que representan beneficios al productor, por los cuales el Tesoro Provincial deja de recaudar con motivo de las exenciones legales normadas por el Código Fiscal”.
Fue descartado que “en absoluto, se plantean en los supuestos de incumplimientos formales promover riesgos al giro de la actividad, por ello, se prosigue con el entrecruzamiento de datos identificatorios de esta naturaleza de contribuyentes que faciliten el acceso a las condiciones de exentos, esto con la actividad concurrente de los organismos oficiales antes mencionados a los fines de conformar los padrones correspondientes según la categoría en que clasifiquen”.