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Advierten que decreto que pretende modificar Ley de Salud Mental implicara un retroceso

Tanto el director de Salud Mental y Neurociencia, Norberto Ramírez, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia, y la – Dirección de Salud y Vivienda-, de la Defensoría del Pueblo, denunciaron públicamente que el Gobierno Nacional mediante un Decreto Reglamentario, con lo cual evita que el debate pase por el Congreso de la Nación, quiere modificar la actual Ley de Salud Mental Nº 26.657, cambiando el espíritu de la norma y reinstalando una visión biologicista, para incorporar el concepto del manicomio.

“Este proyecto figura en el Expediente del Ministerio de Salud de Nación, y en defensa de los derechos humanos de todas las personas que queden englobadas en el ámbito de la “Salud Mental y Adicciones”, es que nos oponemos a la abierta violación de una norma de orden público votada por el Congreso en el año 2013”, afirmo el Defensor Jose Gialluca.

Recordó que “para consensuar esta norma se dio luego de un largo proceso de consultas y participación de actores del campo de la salud mental y las adicciones. Por ello ahora, en la actualidad a puertas cerradas, sin ningún tipo de sugerencias, el Gobierno Nacional, pretende modificar las ideas de la salud mental, sin pasar por el Consejo Federal de Salud-COFESA-, no respetando de esta manera el federalismo, a través de las voces múltiples que tiene cada provincia y que en definitiva son las encargadas de implementar posteriormente las políticas de salud en sus propias jurisdicciones”.

Con ello se habilitaría sólo a aplicar "prácticas fundadas en evidencia científica" y se excluyen los aportes de disciplinas como la terapia ocupacional, la musicoterapia, el arte, la enfermería, la psicología, los acompañamientos terapéuticos y el trabajo social, entre otras.Por otro lado, se vuelve a instalar el concepto del manicomio bajo el nombre de “hospitales especializados en psiquiatría y salud mental”, lo que admite nuevamente que las personas estén en comunidades cerradas y aisladas, al tiempo que vuelve a considerárselos como "enfermos". Por su parte, al determinar una internación compulsiva, sustituye el requisito de inminencia del daño para sí o para terceros y reinstala el concepto de peligrosidad ya que permite una evaluación basada en riesgos potenciales.

“La modificación que pretende el Gobierno Nacional, además, vuelve a instalar la lógica del modelo tutelar de sustitución de la voluntad, porque reconoce que la persona puede ser declarada completamente incapaz, lo que contradice las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación”, se afirmo.

Finalmente se expone que “el Ministerio Público de la Defensa ya no será quien designe la máxima autoridad del Órgano de Revisión de la Ley y se la adjudica al ministerio de Salud de la Nación. De este modo, la autoridad de aplicación será la responsable de designar a quién controlará sus propias funciones, al tiempo que la composición plenaria desequilibra a los sectores involucrados y favorece la voz del médico; significando todo esto un retroceso en los derechos humanos de sectores altamente vulnerables”.